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DIGER — Dirección de Gestión por Resultados
Gobierno de la República de Honduras
Secretaría de Seguridad

Permiso para portación de armas (persona jurídica)

Al amparo de lo establecido en la LEY DE CONTROL DE ARMAS DE FUEGO, MUNICIONES EXPLOSIONES Y OTROS SIMILARES corresponde a la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad efectuar el registro de armas en el cuál estarán depositadas las evidencias balísticas de todas las armas que circulen en el país, a tal efecto se extenderán licencias de portación de armas legales en el país, a las personas naturales y jurídicas.

Presencial Aprobado N.º 294
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Responsable
Jefe del departamento de Registro de Balística
Objetivo
Extender licencias de portación de armas para las personas jurídicas que utilizan armas permitidas en el país.
Dirigido a
Personas Jurídicas, que utilizan armas permitidas en el país.
  • Haber obtenido la Licencia emitida por parte de la Secretaría de seguridad.
    Dependencia: Secretaría de Seguridad.
  • Programar cita en el departamento de balística.
    Dependencia: Dirección Policial de Investigaciones
  • Revisión de documentación correcta y completa, para creación de expediente y toma de fotografía.
    Dependencia: Dirección Policial de Investigaciones, departamento de Balística.
  • Recolección de muestra (Se realiza recolección de muestra consistente en disparo de las armas y toma de fotografías)
    Dependencia: Dirección Policial de Investigaciones, departamento de Balística.
  • Emisión y entrega del carnet
    Dependencia: Dirección Policial de Investigaciones, departamento de Balística.
  • Original y Copia del documento que acredite la personalidad jurídica
  • Plan de Actividades que pretende realizar con el material autorizado.
  • Constancia de Antecedentes penales de los Integrantes del Directorio
  • Indicación del lugar de guarda del material autorizado.
  • Copia y Original de un plan general de Seguridad del manejo y almacenamiento de los materiales controlados.
  • Crear un fondo de contingencia no menor al 1% de su planilla, o acreditar la contratación de un seguro
  • Listado de personal a quien se asignará las armas (cada uno de ellos con todas las constancias y exámenes solicitados a de personas naturales).
  • Pago de TGR 1
  • Estar habilitado para el registro de armas en la Dirección de Control de Empresas de Seguridad.
  • Licencia para operar en los Servicios de seguridad Privada original y copia
  • Pago de impuesto municipal de cada arma de fuego.
  • Carnet de portación de armas original y copia (en caso de renovación).
  • Traspaso del arma autenticado con firma y huella del propietario anterior.
  • Permiso de operación extendido por la Alcaldía Municipal.
  • Copia del RTN de la empresa de seguridad.
  • Copia de recibo de pago de canon.
Dirección Policial de Investigaciones, oficina de Registro Balístico, a nivel nacional.
Ciudad Dirección Policial de Investigaciones, oficina de Registro Balístico, a nivel nacional.
Dirección Tegucigalpa, San Pedro Sula, La Ceiba, Santa Rosa de Copán y Choluteca, horario de atención 8:00 am - 4:00 pm lunes a viernes.
Teléfonos 2236-1200
  • Permiso para portar armas
Tipo de enlace URL Acción
Informativo https://policianacional.gob.hn/requisitos-para-portar-armas/ Abrir
Necesito ayuda
Asistente disponible 24/7
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