Instituto Hondureño de Transporte Terrestre
PRIMERA VEZ DE PERMISO ESPECIAL PARA TODAS LAS MODALIDADES DEL SERVICIO DE TRANSPORTE ESPECIAL DE PERSONAS
Permiso de Explotación es el acto administrativo del Instituto, por medio del cual, se autoriza la prestación del servicio de transporte terrestre conforme esta Ley y sus Reglamentos. Certificado de Operación Es el documento necesario para operar legalmente un vehículo automotor o uno sin tracción propia, destinado al servicio de transporte público o especial.
Responsable
Gerente de Operaciones/Secretario General
Objetivo
Legalizar el Transporte Legal de Personas
Dirigido a
Requieren Permiso de Explotación: a) Los servicios de carga en general) El servicio que presten en vehículos propios o contratados, los establecimientos educativos, organizaciones deportivas, sociales, sindicales, de beneficencia, turística de hoteles, en actividades específicas y propias de sus finalidades; de conformidad con lo establecido en el reglamento; c) El servicio que haya de prestarse entre aquellos puntos en que no existan rutas establecidas; y,d) El transporte que, en razón de su reducida importancia o, de sus modalidades particulares, no amerite el otorgamiento de certificado de explotación.
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1. El Abogado o apoderado legal realizar un escrito con todos los requisitos completos
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2. El expediente se envía a ventanilla (Secretaria General)
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3. Resolución Favorable. Se realiza la resolución para la emisión de permiso de explotación o certificado de operación
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4. Notificación al concesionario
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5. Generación de Aviso de cobro
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6. Entrega del Permiso de Explotación o Certificado de Operación
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Solicitud o formulario presentada por el interesado (En el cual deberá otorgar poder a un profesional del derecho para continuar tramitando su solicitud) o a través de apoderado legal que acredite carta poder o fotocopia de escritura de poder que faculte gestiones administrativas, ambas debidamente autenticadas. Solicitud que deberá contener los datos de: teléfono móvil, correo electrónico del solicitante, representante legal y del apoderado legal, así como de los demás requisitos establecidos en la ley de procedimiento administrativo.
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Fotocopias de documentos constitutivos del solicitante. a. Comerciante Individual; i. Documento Nacional de Identidad (DNI), RTN Numérico y Escritura de Constitución como Comerciante Individual b. Empresa Constituida como Sociedad Mercantil; i. Documento Nacional de Identidad (DNI) y RTN del representante legal, RTN, Constancia de Solvencia Tributaria emitido por El Servicio de Administración de Renta SAR y Constancia de no tener cuentas pendientes con el estado vigente extendida por la Procuraduría General de la Republica. PGR, de la empresa mercantil, Escritura de Constitución de Sociedad Mercantil. (Documento en el cual conste el poder otorgado por la sociedad mercantil a su representante legal) c. Cooperativa i. Documento Nacional de Identidad (DNI) y RTN del representante legal, RTN de la Cooperativa y resolución donde se otorga la personalidad jurídica de la cooperativa.
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El Solicitante (persona natural), o el representante legal de la empresa mercantil deberán acreditar: a. Constancia de no poseer Antecedentes penales emitidos por el poder Judicial, en caso de Solicitud para Permiso Especial deberá además presentar Constancia de antecedentes Policiales. b. Constancia de Solvencia Tributaria emitido por El Servicio de Administración de Renta SAR. c. Constancia de no tener cuentas pendientes con el estado vigente extendida por la Procuraduría General de la Republica. PGR.
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Fotocopia del comprobante Tasa Única Anual Vehicular (boleta de revisión) vigente de la unidad propuesta, Dicha unidad debe de cumplir con lo establecido en la ley de Transporte Terrestre de Honduras, artículo 23 referente a los límites de antigüedad de los vehículos que se autorizan para la prestación del servicio de transporte terrestre, así como lo dispuesto en el artículo 48 párrafo primero para la revisión físico-mecánico, además de lo establecido en el párrafo tercero reformado en el que se establece que la unidad que ingresa a brindar el servicio debe ser menos antigua y en mejores condiciones que la que sustituye.
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Cuando el propietario del vehículo es persona diferente a la del titular del certicado de operación deberá presentar contrato de arrendamiento con opción a compra (se exceptúa a las unidades que sean de propiedad de los socios de las cooperativas de transporte).
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Guía de Revisión física, técnica y mecánica de la unidad de transporte terrestre (Formulario F-TT-03 correspondiente al tipo unidad).
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Contrato de servicios que acredite la relación entre el prestador del servicio y su cliente, así como el precio convenido en mutuo acuerdo por las partes, según lo establecido en el art. 43 del Reglamento de la Ley de Transporte Terrestre de Honduras.
Instituto Hondureño del Transporte Terrestre
Ciudad
Tegucigalpa, Francisco Morazan
Dirección
Boulevard Juan Pablo II, frente a INDUFESA
Teléfonos
2240-4400
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Permiso de Explotación
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Ceriticado de Operacion
| Tipo de enlace | URL | Acción |
|---|---|---|
| Informativo | https://transporte.gob.hn/Contactanos.php | Abrir |