Rafael Barahona
Director Ejecutivo
Somos la entidad que regula y aplica la Ley del de transporte terrestre en Honduras, con la finalidad de garantizar un servicio de calidad, seguridad, comodidad, economía y eficiencia en los procesos de atención a los usuarios y concesionarios del rubro, contribuyendo a que el país sea un territorio competitivo.
Ser la institución rectora del sistema integral del transporte terrestre nacional, logrando la excelencia en el servicio público y especial de transporte, garantizando la integralidad, seguridad, comodidad y movilidad de los usuarios dentro y fuera del territorio.
El usuario externo genera una solicitud/formulario en el que se requiere Certificación de ser Concesionario, acreditando poder debidamente autenticado (si este no consta en el expediente relacionado) y TGR-1 por el pago de la misión de constancia, se verifica que el solicitante no tenga saldos pendientes a favor del IHTT, de tener saldos pendientes se emite providencia para que previo a la emisión de la constancia se realice el pago de dichos saldos; se verifica las concesiones que se le han autorizado y de las mismas se procede a informar en la constancia de ser concesionario.
El usuario externo genera una solicitud o formulario para requerir la Certificación de Código Aduanero, acompañando el expediente administrativo correspondiente y la placa de la unidad solicitada. Una vez recibida la solicitud, se procede a verificar el trámite al que hace referencia, así como el estado actual del mismo. Para que la constancia pueda ser emitida, el trámite debe contar con una resolución notificada, efectuado el cambio de placas "re plaqueo" (si aplica) y con los documentos de emisión digitalizados en los sistemas del IHTT, tales como el Permiso de Explotación, Certificado de Operación o Permiso Especial, según corresponda. Cabe destacar que esta constancia solo aplica para la modalidad de Carga.
El usuario externo genera una solicitud/formulario en el que se requiere Certificación de Trámite, acreditando poder debidamente autenticado (si este no consta en el expediente relacionado) y TGR-1 por el pago de la emisión de certificación, se verifica que el solicitante no tenga saldos pendientes a favor del IHTT, de tener saldos pendientes se emite providencia para que previo a la emisión de la certificación se realice el pago de dichos saldos; se verifica la presentación del trámite a cual se refiere y el estado del mismo, ya que si se encuentra denegado, caducado o desistido no procederá la certificación de trámite; de tener todo en orden se emite la Certificación de Tramite.